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Investigan a once concesionarios y operadores de estaciones de pesaje por el control del sobrepeso

Según el ente de inspección, vigilancia y control del transporte, se estaría incumpliendo con la normatividad que rige el sector en la materia, afectando el control del sobrepeso en las carreteras colombianas.


Las sospechas se dieron luego de visitas de inspección a varias estaciones de pesaje en el país, a raíz de las cuales se encontró méritos para abrir investigación mediante la formulación de pliego de cargos en contra de 11 concesionarios y operadores de estaciones de pesaje.

RESULTADOS DE LAS VISITAS

La Entidad recolectó tiquetes en las diferentes estaciones de pesaje de las concesiones carreteras, entre otras evidencias, con los cuales se determinó que, presuntamente, los Pesos Brutos Vehiculares (PBV) autorizados por el Ministerio de Transporte y registrados ante el RUNT no fueron tenidos en cuenta por los investigados en el momento de realizar las actividades de control, toda vez que el peso que tuvieron como máximo permitido resultaría ser diferente, con lo cual se generarían afectaciones para las empresas de transporte de carga, los conductores, la seguridad vial y la conservación de la infraestructura vial del país. 

El Peso Bruto Vehicular es definido por el Ministerio de Transporte y, además, se encuentra registrado ante el RUNT, por lo tanto, el hecho de que, presuntamente, los investigados no actualicen el software correspondiente a los pesos máximos permitidos para los vehículos de carga, evidenciaría un incumplimiento a las normas relacionadas con este servicio, afectando la seguridad, calidad, continuidad, libre acceso, oportunidad y eficiencia en sistema de transporte.

Cuando se presentan estas irregularidades el concesionario y el operador a cargo de las estaciones de pesaje estarían incumpliendo con las políticas de seguridad y calidad que propenden por la debida prestación del servicio. Por lo tanto, de encontrarse responsables, los investigados podrían ser sancionados con multas de hasta 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Según la Superintendencia de Puertos y Transporte, en las inspecciones a las estaciones de pesaje, la Delegatura de Concesiones e Infraestructura supervisa que los Pesos Brutos Vehiculares autorizados por el Gobierno se cumplan, ya que, si se establecen valores diferentes al peso máximo permitido no solo se quebranta la normatividad, sino que se puede comprometer el estado de la infraestructura, la seguridad vial o los legítimos derechos de los usuarios.

PRESUNTAS IRREGULARIDADES DE ESTAS CONDUCTAS

Uno de los principales objetivos del sistema de movilidad integrado que conforma la infraestructura del transporte terrestre es preservar el patrimonio vial del país, manteniendo las carreteras en condiciones de calidad y seguridad. Las estaciones de pesaje son instalaciones operativas que hacen parte de esta infraestructura, por lo tanto, el incumplimiento de la norma podría comprometer la rigurosidad en la actividad del control del sobrepeso, el cual resulta necesario para la conservación de la infraestructura y la seguridad vial.

Además, un adecuado control al Peso Bruto Vehicular hace que la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales por cuenta de esta variable resulte técnicamente previsible, pues es claro que un vehículo que transita con sobrepeso acelera la destrucción de la infraestructura del transporte al reducir la vida útil del pavimento y, de mantenerse esta condición sin control alguno, posiblemente, se presenten siniestros de manera recurrente.

Finalmente, al no existir correspondencia entre las tablas del Peso Bruto Vehicular máximo permitido para los vehículos de transporte de carga rígidos de dos ejes, con el peso tenido como máximo permitido en las diferentes estaciones de pesaje, podría generar Informes Únicos de Infracciones al Transporte y Comparendos injustificados para los usuarios de las vías. Además, el hecho de transportar carga por debajo del peso permitido genera pérdidas económicas a los transportadores y conductores.

CONCESIONES Y OPERADORES INVESTIGADOS

Los sujetos del proceso son Autovía Neiva Girardot S.A.S.,Consorcio Vial Helios, Concesión San Rafael S.A., Alto Magdalena S.A.S., Concesión Pacífico 3, Consorcio RQS-Tierra Oriental, Consorcio RQS-Ginebra Sur, Vía 40 Express S.A.S., BTS Concesionario S.A.S., Sabana de Occidente S.A.S. y Concesión Ruta al Mar S.A.S.

De ser encontrados responsables, tanto concesionarios como operadores podrían ser sancionados con multas de hasta 700 salarios mínimos legales vigentes y contra la decisión de investigación no procede recurso, pero al Superintendencia expresó que se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con lo establecido en la ley.

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