La Procuraduría General de la Nación formuló
cargos contra Juan José Muñoz Robayo y Antonio Vargas Álvarez, en sus calidades
de exgerente y coordinador de TIC del Sanatorio Agua de Dios – Empresa Social
del Estado (E.S.E.) de Cundinamarca, por su presunta participación en la
invitación pública para contratar el licenciamiento y capacitación de software,
con desconocimiento de los principios de imparcialidad y responsabilidad que
regulan la función administrativa.
De acuerdo con la investigación adelantada por
la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, en los estudios previos la
E.S.E. exigió 20 años de experiencia a las personas jurídicas interesadas en el
proceso con la justificación de “un supuesto alto nivel de maduración del
software”, sin embargo, a las personas naturales se les requirió demostrar solo
3 años.
Para el ente de control, esta justificación
“fue un sofisma para orientar la selección del contratista a favor de terceros
interesados”, toda vez que el nivel de maduración del software no está
relacionado necesariamente con la antigüedad de la empresa.
Al parecer, con este comportamiento los
investigados pretendían restringir la pluralidad de oferentes, tal como
presuntamente ocurrió, pues al proceso solo se presentó un oferente, lo cual da
argumentos para considerar que el proceso no habría sido imparcial.
En esta etapa procesal la conducta de Muñoz
Robayo fue calificada como gravísima cometida a título de culpa grave, por
inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común le imprime
a sus actuaciones.
La falta gravísima desplegada por Vargas
Álvarez se atribuyó, provisionalmente, a título de culpa gravísima por
desatención elemental de reglas de obligatorio cumplimiento, relativas a
aplicar criterios imparciales, justos e igualitarios para quienes pudieran
estar interesados en el proceso sin importar si era persona natural o jurídica.
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