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Un historial de inconformidades con el PAE que fue objeto de dos fallidas tutelas

La Rama Judicial desestimó las pretensiones de dos tutelas que se interpusieron en contra de la Alcaldía por la presunta falta de prestación de servicios para los alumnos de las Instituciones Educativas Municipales (IEM).

A pesar de que no son nuevas las inconformidades por el funcionamiento del Plan de Alimentación Escolar y el servicio de Transporte Escolar para este año una ciudadana y un concejal del cercado fuerte al final de la llanura se quejaron formalmente instaurando dos acciones de tutela que fueron falladas en primera instancia a favor del municipio y no fueron impugnadas. En ambos casos se desvinculó de las diligencias a la Secretaría de Educación de Cundinamarca y al Ministerio de Educación Nacional teniendo en cuenta que no tienen competencia para estos temas en la entidad territorial.

LA TUTELA CIUDADANA

El Juzgado Segundo Penal Municipal negó el amparo constitucional solicitado por la señora Ana Ubaté* mujer facatativeña madre de un niño y una niña que estudian en la sede Mancilla de la IEM Manuela Ayala de Gaitán, y quien actuó como agente oficioso de sus hijos para pretender que se les protegiera el derecho a la educación ordenando a la Secretaría de Educación contratar los servicios de transporte, refrigerio, aseo y mantenimiento de la Manuela Ayala.

Al ser revisadas las pruebas que obran en el expediente, la jueza Regina Sánchez León estableció que la sede Mancilla abrió sus puertas para el ingreso estudiantes desde el día enero 23 de 2023, el mismo día en que la señora Ana decidió presentar la acción de tutela.

Además, en base a los documentos aportados por la Secretaría de Educación, el juzgado indicó que sólo hasta febrero 6 se adjudicó el contrato, por lo que presumió que en días siguientes se suscribiría el mismo y por consiguiente se iniciaría la correspondiente ejecución.

Por lo anterior la togada concluyó que “la Alcaldía de Facatativá – Secretaría de Educación ha sido diligente en adelantar los procesos de contratación necesarios para cubrir las necesidades referentes al programa de alimentación al transporte escolar y al del aseo y desinfección”.

Así las cosas, consideró que no había lugar a tutelar los derechos que la accionante consideró vulnerados “máxime si se tiene en cuenta que los tres (3) procesos contractuales ya cuentan con un proponente adjudicado, y que dos (2) de ellos ya suscribieron el correspondiente contrato, y que para el último tema aun cuando no se suscrito el contrato se advirtió que el día de ayer [febrero 6] se adjudicó el mismo”.

LA TUTELA DEL CONCEJAL

Por su parte, frente a la acción radicada por el abogado Edgar Humberto Castro González, cabildante del Partido Conservador, Juzgado Civil Municipal declaró que “en el presente asunto se configuró una carencia actual de objeto por hecho superado respecto de las pretensiones elevadas” por el concejal.

La jueza María Cristina Guerrero Casallas consideró que se presentó la circunstancia porque la Secretaría de Educación demostró que los tres servicios que el actor echó de menos al inicio de las clases al interior de las 11 instituciones oficiales de esta municipalidad, “en la actualidad ya están siendo prestados con fundamento en los contratos efectuados por esta Secretaría así: el programa de alimentación desde el 2 de febrero de 2023, el transporte escolar desde el 1 de febrero 2023, y el de aseo y desinfección de las sedes educativas desde el 8 de febrero de 2023”.

El despacho judicial estimó que lo anterior era de conocimiento del accionante, teniendo en cuenta que en febrero 7 remitió un correo electrónico al juzgado en el cual señaló que a la fecha “aún no se presta el servicio de ASEO Y DESINFECCIÓN a las sedes educativas del municipio por parte de la Administración Municipal, tampoco el servicio de ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE) en algunas sedes educativas y en las que lo están implementando se presentan bastas deficiencias, por ejemplo no hay alimentos completos según contrato”.

Para la jueza, dicha comunicación denotó que el concejal pudo observar que en febrero 7 el único servicio que no se había iniciado a implementar correspondía al del aseo, lo que sucedió a partir del día siguiente, por lo que resultó innecesario para el despacho judicial “emitir una orden para disponer que se efectúen actuaciones que la fecha ya se han realizado por la Secretaría de Educación”, la cual tramitó vigencias futuras ante el Concejo para asegurar este beneficio oportunamente y el concejal Castro votó negativo el proyecto de acuerdo aduciendo que habían vigencias futuras que no cabían en el proyecto.

Recomendaciones de la jueza

En este aspecto, al ser el accionante un concejal del municipio, la togada indicó a Castro González que la discusión en torno una presunta indebida prestación del Servicio de Alimentación Escolar no es posible que sea dirigida a través de tutela.

Lo anterior, “menos aún cuando en correo electrónico del 7 de febrero del año en curso, el actor únicamente dejó enunciadas apreciaciones subjetivas y generales, como lo fue que se están brindando alimentos incompletos, con lo que no podría el juzgado considerar comprobado la afectación al derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes que reciben tales servicios”.

Por otra parte y en razón al cargo que ostenta al accionante como concejal, la jueza indicó que “según lo manifestado por la Secretaría de Educación de Facatativá, bien puede proponer a ese órgano colegiado que realice las averiguaciones correspondientes, y de considerarlo necesario, inicie los procedimientos de qué trata el numeral 11 del artículo 313 de la Constitución nacional o el numeral 2 del artículo 32 de la ley 136 de 1994, siendo esa la vía más adecuada y eficiente a juicio de esta titular, para debatir la presunta irregularidad en la prestación del servicio de alimentación escolar.”, es decir, mediante una citación con cuestionario previo con miras a una moción de censura.

CONTRASTES EN VARIAS IEM

Este medio periodístico recibió el pasado jueves la denuncia de Aura García*, una madre de un alumno de educación inclusiva en la IEM Cartagena. Junto a unas fotos, la mujer expresó que desde que empezaron las clases estaban recibiendo refrigerios que calificó como “una vergüenza”, agregando que “hay niños que van sin desayuno y por cuánto pueden estar pasando estos refrigerios?”.

Por su parte, los concejales Frank “Pacho” Torres, Pedro Villamil y Andrés Ubaque este año de elecciones han realizado, al igual que el concejal tutelante, un incesante seguimiento a esta estrategia de permanencia en medio del acceso al derecho a la educación que no se había visto en periodos constitucionales anteriores y han difundido fotografías parecidas a las compartidas por la madre del niño de educación inclusiva en Cartagenita, pero de otras instituciones como la IEM Técnico Comercial Santa Rita.

En contraste, Jenny Bernate*, la madre de un niño que está en la Escuela Mancilla, en donde estudian los hijos de la accionante de una de las tutelas, expresó a EOSXXI que “el PAE sí comenzó a funcionar hace dos semanas y el servicio de aseo la semana pasada pero ya con normalidad”, mientras que frente al servicio de transporte escolar -el cual ella y su esposo denunciaron a EOSXXI la falta de inicio el año pasado- dijo que “no ha habido ningún inconveniente hasta el momento”.

DENUNCIAS PREVIAS

El Observador Siglo XXI (EOSXXI) ha venido haciendo seguimiento sobre este tema del PAE desde hace varios años, no solo en Facatativá sino a nivel nacional, y en los informes realizados se ha evidenciado de varias formas el acostumbrado incumplimiento de esta estrategia de permanencia, sobre todo, al inicio de las clases.

Lo anterior en base a informes de los entes de control. En 2021, la Contraloría General de la República (CGR) determinóque, de acuerdo a los reportes del Ministerio de Educación, a febrero 19 de2021 47 entidades territoriales de las 96 que ejecutan el PAE, estabanentregando alimentación a sus estudiantes beneficiarios.

Dentro de las 74 entidades incumplidas, el Departamento de Cundinamarca y los Municipios de Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Mosquera, Soacha y Zipaquirá no habían iniciado la operación del PAE, lo que afectó a todos los niños del Departamento.

En 2022, la Secretaría de Educación cuestionó los informes de la Contraloría y la falta de capacidades de los funcionarios para llenar los formatos, teniendo en cuenta que el ente de control no sabía que gracias a la pandemia se había logrado un colchón que permitió suspender el PAE 2021 y seguir ejecutando los recursos empezar 2022 y empatar así en marzocon la ejecución normal.

En 2023 fue la Procuraduría la que puso la alerta, luego de que en 2022 instara a iniciar la operación del Programa de Alimentación Escolar con todos sus componentes sin retrasos y en cumplimiento de la normatividad, teniendo en cuenta la expedición de la Circular 003 de 2022 del MEN y la Directiva 019 de 2022 de la PGN, que indican que las entidades territoriales deben planear la prestación del servicio con la suficiente antelación.

Facatativá fue el único municipio de Cundinamarca dentro del listado de 15 municipios que según el Ministerio Público “se rajaron”, pero luego la Alcaldía salió en un video con Personería y Defensoría del Pueblo a evidenciar que se estaba cumpliendo.

En octubre 6 de 2021 Juan Carlos Martínez Martín, entonces director de la Unidad Administrativa del Programa de Alimentación Escolar (Uapa) conversó con EOSXXI a las afueras de la Biblioteca Municipal, sede de la Secretaría de Educación, entregando otros detalles sobre lo que ha hecho falta para el oportuno inicio del PAE.

Sin embargo, a pesar de lo anterior la experiencia de Facatativá frente a la contratación del PAE fue reconocida por el Departamento Administrativo de la Función Pública al postular “El Programa de Alimentación Escolar en la Facatativá Correcta”, recibiendo una Mención de Honor.

*Nombres cambiados para proteger la identidad de las fuentes

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