La Rama Judicial desestimó las pretensiones de dos tutelas que se interpusieron en contra de la Alcaldía por la presunta falta de prestación de servicios para los alumnos de las Instituciones Educativas Municipales (IEM).
A pesar de que no son nuevas las inconformidades por el funcionamiento del Plan de Alimentación Escolar y el servicio de Transporte Escolar para este año una ciudadana y un concejal del cercado fuerte al final de la llanura se quejaron formalmente instaurando dos acciones de tutela que fueron falladas en primera instancia a favor del municipio y no fueron impugnadas. En ambos casos se desvinculó de las diligencias a la Secretaría de Educación de Cundinamarca y al Ministerio de Educación Nacional teniendo en cuenta que no tienen competencia para estos temas en la entidad territorial.
LA TUTELA CIUDADANA
El Juzgado Segundo Penal Municipal negó el
amparo constitucional solicitado por la señora Ana Ubaté* mujer facatativeña madre
de un niño y una niña que estudian en la sede Mancilla de la IEM Manuela Ayala
de Gaitán, y quien actuó como agente oficioso de sus hijos para pretender que
se les protegiera el derecho a la educación ordenando a la Secretaría de
Educación contratar los servicios de transporte, refrigerio, aseo y
mantenimiento de la Manuela Ayala.
Al ser revisadas las pruebas que obran en
el expediente, la jueza Regina Sánchez León estableció que la sede Mancilla
abrió sus puertas para el ingreso estudiantes desde el día enero 23 de 2023, el
mismo día en que la señora Ana decidió presentar la acción de tutela.
Además, en base a los documentos aportados
por la Secretaría de Educación, el juzgado indicó que sólo hasta febrero 6 se
adjudicó el contrato, por lo que presumió que en días siguientes se suscribiría
el mismo y por consiguiente se iniciaría la correspondiente ejecución.
Por lo anterior la togada concluyó que “la
Alcaldía de Facatativá – Secretaría de Educación ha sido diligente en adelantar
los procesos de contratación necesarios para cubrir las necesidades referentes
al programa de alimentación al transporte escolar y al del aseo y desinfección”.
Así las cosas, consideró que no había
lugar a tutelar los derechos que la accionante consideró vulnerados “máxime si
se tiene en cuenta que los tres (3) procesos contractuales ya cuentan con un
proponente adjudicado, y que dos (2) de ellos ya suscribieron el
correspondiente contrato, y que para el último tema aun cuando no se suscrito
el contrato se advirtió que el día de ayer [febrero 6] se adjudicó el mismo”.
LA TUTELA DEL CONCEJAL
Por su parte, frente a la acción radicada
por el abogado Edgar Humberto Castro González, cabildante del Partido Conservador,
Juzgado Civil Municipal declaró que “en el presente asunto se configuró una
carencia actual de objeto por hecho superado respecto de las pretensiones
elevadas” por el concejal.
La jueza María Cristina Guerrero Casallas
consideró que se presentó la circunstancia porque la Secretaría de Educación
demostró que los tres servicios que el actor echó de menos al inicio de las
clases al interior de las 11 instituciones oficiales de esta municipalidad, “en
la actualidad ya están siendo prestados con fundamento en los contratos
efectuados por esta Secretaría así: el programa de alimentación desde el 2 de
febrero de 2023, el transporte escolar desde el 1 de febrero 2023, y el de aseo
y desinfección de las sedes educativas desde el 8 de febrero de 2023”.
El despacho judicial estimó que lo
anterior era de conocimiento del accionante, teniendo en cuenta que en febrero 7
remitió un correo electrónico al juzgado en el cual señaló que a la fecha “aún
no se presta el servicio de ASEO Y DESINFECCIÓN a las sedes educativas del
municipio por parte de la Administración Municipal, tampoco el servicio de ALIMENTACIÓN
ESCOLAR (PAE) en algunas sedes educativas y en las que lo están implementando
se presentan bastas deficiencias, por ejemplo no hay alimentos completos según
contrato”.
Para la jueza, dicha comunicación denotó
que el concejal pudo observar que en febrero 7 el único servicio que no se
había iniciado a implementar correspondía al del aseo, lo que sucedió a partir
del día siguiente, por lo que resultó innecesario para el despacho judicial “emitir
una orden para disponer que se efectúen actuaciones que la fecha ya se han
realizado por la Secretaría de Educación”, la cual tramitó vigencias futuras ante
el Concejo para asegurar este beneficio oportunamente y el concejal Castro votó
negativo el proyecto de acuerdo aduciendo que habían vigencias futuras que no
cabían en el proyecto.
Recomendaciones de la jueza
En este aspecto, al ser el accionante un
concejal del municipio, la togada indicó a Castro González que la discusión en torno
una presunta indebida prestación del Servicio de Alimentación Escolar no es
posible que sea dirigida a través de tutela.
Lo anterior, “menos aún cuando en correo
electrónico del 7 de febrero del año en curso, el actor únicamente dejó
enunciadas apreciaciones subjetivas y generales, como lo fue que se están
brindando alimentos incompletos, con lo que no podría el juzgado considerar
comprobado la afectación al derecho a la educación de los niños, niñas y
adolescentes que reciben tales servicios”.
Por otra parte y en razón al cargo que
ostenta al accionante como concejal, la jueza indicó que “según lo manifestado
por la Secretaría de Educación de Facatativá, bien puede proponer a ese órgano
colegiado que realice las averiguaciones correspondientes, y de considerarlo
necesario, inicie los procedimientos de qué trata el numeral 11 del artículo
313 de la Constitución nacional o el numeral 2 del artículo 32 de la ley 136 de
1994, siendo esa la vía más adecuada y eficiente a juicio de esta titular, para
debatir la presunta irregularidad en la prestación del servicio de alimentación
escolar.”, es decir, mediante una citación con cuestionario previo con miras a
una moción de censura.
CONTRASTES EN VARIAS IEM
Este medio periodístico recibió el pasado
jueves la denuncia de Aura García*, una madre de un alumno de educación
inclusiva en la IEM Cartagena. Junto a unas fotos, la mujer expresó que desde que
empezaron las clases estaban recibiendo refrigerios que calificó como “una vergüenza”,
agregando que “hay niños que van sin desayuno y por cuánto pueden estar pasando
estos refrigerios?”.
Por su parte, los concejales Frank “Pacho”
Torres, Pedro Villamil y Andrés Ubaque este año de elecciones han realizado, al
igual que el concejal tutelante, un incesante seguimiento a esta estrategia de
permanencia en medio del acceso al derecho a la educación que no se había visto
en periodos constitucionales anteriores y han difundido fotografías parecidas a
las compartidas por la madre del niño de educación inclusiva en Cartagenita,
pero de otras instituciones como la IEM Técnico Comercial Santa Rita.
En contraste, Jenny Bernate*, la madre de
un niño que está en la Escuela Mancilla, en donde estudian los hijos de la
accionante de una de las tutelas, expresó a EOSXXI que “el PAE sí comenzó a
funcionar hace dos semanas y el servicio de aseo la semana pasada pero ya con
normalidad”, mientras que frente al servicio de transporte escolar -el cual
ella y su esposo denunciaron a EOSXXI la falta de inicio el año pasado- dijo que
“no ha habido ningún inconveniente hasta el momento”.
DENUNCIAS PREVIAS
El Observador Siglo XXI (EOSXXI) ha venido
haciendo seguimiento sobre este tema del PAE desde hace varios años, no solo en
Facatativá sino a nivel nacional, y en los informes realizados se ha
evidenciado de varias formas el acostumbrado incumplimiento de esta estrategia
de permanencia, sobre todo, al inicio de las clases.
Lo anterior en base a informes de los entes
de control. En 2021, la Contraloría General de la República (CGR) determinóque, de acuerdo a los reportes del Ministerio de Educación, a febrero 19 de2021 47 entidades territoriales de las 96 que ejecutan el PAE, estabanentregando alimentación a sus estudiantes beneficiarios.
Dentro de las 74 entidades incumplidas, el
Departamento de Cundinamarca y los Municipios de Chía, Facatativá, Funza,
Fusagasugá, Girardot, Mosquera, Soacha y Zipaquirá no habían iniciado la
operación del PAE, lo que afectó a todos los niños del Departamento.
En 2022, la Secretaría de Educación
cuestionó los informes de la Contraloría y la falta de capacidades de los funcionarios
para llenar los formatos, teniendo en cuenta que el ente de control no sabía
que gracias a la pandemia se había logrado un colchón que permitió suspender el PAE 2021 y seguir ejecutando los recursos empezar 2022 y empatar así en marzocon la ejecución normal.
En 2023 fue la Procuraduría la que puso la
alerta, luego de que en 2022 instara a iniciar la operación del Programa de
Alimentación Escolar con todos sus componentes sin retrasos y en cumplimiento
de la normatividad, teniendo en cuenta la expedición de la Circular 003 de 2022
del MEN y la Directiva 019 de 2022 de la PGN, que indican que las entidades
territoriales deben planear la prestación del servicio con la suficiente
antelación.
Facatativá fue el único municipio de
Cundinamarca dentro del listado de 15 municipios que según el Ministerio
Público “se rajaron”, pero luego la Alcaldía salió en un video con Personería y
Defensoría del Pueblo a evidenciar que se estaba cumpliendo.
En octubre 6 de 2021 Juan Carlos Martínez Martín, entonces director de la Unidad Administrativa del Programa de Alimentación Escolar (Uapa) conversó con EOSXXI a las afueras de la Biblioteca Municipal, sede de la Secretaría de Educación, entregando otros detalles sobre lo que ha hecho falta para el oportuno inicio del PAE.
Sin embargo, a pesar de lo anterior la experiencia de Facatativá frente a la contratación del PAE fue reconocida por el Departamento Administrativo de la Función Pública al postular “El Programa
de Alimentación Escolar en la Facatativá Correcta”, recibiendo una Mención de
Honor.
*Nombres cambiados para proteger la identidad de las fuentes
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