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Condenado el mayordomo de la finca del ex embajador Sanclemente en la que se encontró laboratorio de cocaína

El hombre aceptó su responsabilidad en los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, y concierto para delinquir.

Los elementos de prueba obtenidos por la Fiscalía General de la Nación fueron determinantes para que Gustavo Enrique Bejarano Romero, mediante preacuerdo, aceptara su responsabilidad en las actividades ilícitas que se realizaban en una finca ubicada en Guasca, Cundinamarca, donde trabajaba como mayordomo.

LOS HECHOS

El 12 de febrero de 2020, unidades de la Policía Nacional llegaron al inmueble y en una zona boscosa encontraron tres construcciones rústicas, las cuales estaban dotadas de maquinaria e insumos, y conformaban un laboratorio para el procesamiento de clorhidrato de cocaína. Precisamente, en el operativo se incautaron algo más de nueve kilogramos del narcótico.

La Fiscalía demostró en el curso de la investigación que el entonces mayordomo permitió el montaje del laboratorio, facilitó el ingreso y alojamiento de personas dedicadas a producir la cocaína y trasladó hombres señalados de mover los insumos o prestar vigilancia al lugar para alertar sobre la presencia de las autoridades.

Los elementos que considera este Despacho de fiscal son los suficientes para demostrar la responsabilidad del ciudadano y se basan en ese informe de allanamiento del día 12 de febrero del año 2020, en el cual señora juez se realizaron todas las actividades pertinentes a la localización del cristalizadero, de las estructuras rústicas en las cuales funcionaba el mismo, en las cuales también se obtuvo la información de quiénes eran los mayordomos que trabajaban en dicha finca, quiénes eran los encargados y quiénes tenían la posibilidad y habilitaron la construcción de dicho lugar. Y adicional a esto el interrogatorio del ciudadano Laureano, el otro mayordomo quien da fe y cuenta y explica señora juez ante este despacho fiscal cómo se ejecutaron todas las acciones y cuál fue el nivel de participación que tuvo el señor Gustavo Enrique Bejarano en los hechos materia investigación. Considera este espacio que estos dos elementos materiales probatorios su señoría son suficientes en el grado de probabilidad de verdad para derruir completamente la presunción de inocencia del ciudadano”, señaló el fiscal del caso.

La jueza por su parte considero que allí se pusieron a funcionar cocinas para la fabricación y elaboración de estupefacientes “labor que también cohonestó con el otro administrador de la propiedad que es el aquí procesado Gustavo Enrique Bejarano, personas que en su condición de administradores no solo aceptaron la propuesta realizada sino que también permitían el ingreso del personas que desarrollaría la labor de fabricación de estupefacientes, el almacenamiento de la base de cocaína y el producto ya elaborado en clorhidrato de cocaína. También permitían el ingreso de insumos químicos utilizados para la elaboración de narcóticos el alojamiento continuo y domicilio de quienes estaban en dichas actividades ilícitas así como de quienes prestaban seguridad en ese sitio”.

EL FALLO

En ese sentido, una juez especializada de Cundinamarca condenó a Bejarano Romero a 10 años y 10 meses de prisión, y lo declaró responsable de los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, y concierto para delinquir.

El fallo dispone que el sentenciado deberá pagar una multa de 4184 salarios mínimos legales vigentes, y cumplir una inhabilidad de 130 meses para ejercer derechos y funciones públicas. Por disposición de la juez, Gustavo Enrique Bejarano Romero permanecerá en la cárcel La Modelo de Bogotá.

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