Con la implementación de la Ley Estatutaria
en Salud, es importante que tenga en cuenta que el trámite posterior a la
consulta médica presenta desde ahora algunas variaciones, por ejemplo una de
ellas es que al finalizar su consulta médica, el profesional de la salud puede
prescribirle medicamentos que antes eran considerados como No POS a través de
la fórmula médica.
A continuación, les compartimos 7 puntos clave
que debe conocer para estar enterado de sus derechos, y evitar inconvenientes
relacionados con la entrega de sus medicamentos:
1.
Contenido
de la prescripción:
La fórmula médica deberá realizarse en un formato que contenga como mínimo los siguientes datos, cuando estos apliquen:
La fórmula médica deberá realizarse en un formato que contenga como mínimo los siguientes datos, cuando estos apliquen:
o - Nombre del prestador
de servicios de salud (IPS) o profesional de la salud que prescribe, dirección
y número telefónico o correo electrónico.
o - Lugar y fecha
de la prescripción.
o - Nombre del
paciente y documento de identificación.
o - Número de la
historia clínica.
o - Tipo de usuario
(contributivo, subsidiado, particular, otro).
o - Nombre del
medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico).
o - Concentración y
forma farmacéutica.
o - Vía de
administración.
o - Dosis y
frecuencia de administración.
o - Periodo de
duración del tratamiento.
o - Cantidad total
de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras.
o - Indicaciones que
a su juicio considere el prescriptor.
o - Vigencia de la
prescripción.
o - Nombre y firma
del prescriptor con su respectivo número de registro profesional.
2.
Las
fórmulas de medicamentos no podrán vencer antes del primer mes contado a partir
de su fecha de emisión.
3.
Para
aquellos pacientes con patologías crónicas y que requieren manejo con
medicamentos, la EPS debe garantizarle la continuidad de los medicamentos
mediante la prescripción por periodos mínimos de 90 días.
4.
Los
medicamentos que le son recetados por su médico, no deberán ser autorizados por
un Comité Técnico Científico (CTC). Con la nueva Ley Estatutaria de Salud, los
comités desaparecieron y su médico es autónomo en la prescripción de
medicamentos y tecnologías.
5.
El
profesional de la salud que le prescribe, le entregará la fórmula con un número
de prescripción.
6.
Para
evitar que su fórmula sea rechazada evite romperla o tacharla.
7.
La
fecha de formulación debe corresponder con el día de la cita.
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