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Trámites y costos de la doble calzada Cartagenita – Chicó

Con 43 considerandos que resumen ejecutivamente lo que ha pasado con este proyecto desde el momento de su adjudicación, en 1994, las partes acordaron dar este nuevo paso en su ejecución. Aquí más detalles.

Mientras se desarrolla la realización de los Estudios, se tendrán que ir realizando algunos trámites ante diferentes autoridades y actualizar los costos de lo pactado en el otrosí, cuya referencia parte de lo establecido en el año de suscripción del Contrato de Concesión.

ACTIVIDADES Y TRÁMITES PRELIMINARES

El Concesionario tendrá además que ejecutar actividades que son necesarias para la construcción de las obras, y sobre las cuales la ANI a través de la Interventoría deberá verificar su cumplimiento, para su respectivo reconocimiento y remuneración.

Lo primero que debe hacer es obtener la licencia de prospección arqueológica tendiente a dar cumplimiento al Decreto 138 de 2019, sobre Protección del Patrimonio Arqueológico por parte del ICANH.

Seguidamente, debe adelantar los trámites ambientales para la ejecución de las obras tales como el  Inventario forestal para variante de Cartagenita y segunda calzada hasta empalme carrera primera, el Trámite del permiso de aprovechamiento forestal de mismo tramo así como el costo de la evaluación de trámite, el Estudio de acotamiento de la ronda del río Bojacá en la zona de entrecruzamiento con la variante de Cartagenita con su respectivo análisis de socavación, la Evaluación con la CAR para el trámite de ocupación de cauce necesario para la construcción de la variante de Cartagenita y el Concepto y/o pronunciamiento de viabilidad ambiental por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA.

En el evento en que se haya finalizado el plazo del otrosí, y no se cuente con el pronunciamiento definitivo por parte de la Autoridad Ambiental respecto a los permisos ambientales requeridos para la ejecución de las obras y/o actividades, el Concesionario deberá continuar cumpliendo con las diferentes solicitudes y requerimientos que haga la Autoridad Ambiental hasta tanto se obtenga el Acto Administrativo que otorgue o no la viabilidad ambiental de las obras.

La obligación del Concesionario se refiere estrictamente al trámite tendiente a la obtención de los dichos instrumentos ambientales, pero no será responsable de asumir por su cuenta la ejecución de las actividades materiales contempladas o que sean ordenadas en los referidos permisos, puesto que corresponden a la etapa de construcción.

Respecto de los predios necesarios para las obras, el Concesionario deberá realizar toda la gestión predial y su respectiva adquisición en los términos contemplados en el término establecido con anterioridad y que hacen parte integral del Contrato de Concesión.

COSTO DE LOS ESTUDIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS

El otrosí señala que para efectos fiscales y legales, el precio acordado, sin tener en cuenta el valor de la gestión y adquisición de los predios, es de $ 181.500.000 de septiembre de 1994, lo que representa 1575,5 salarios mínimos de la época, lo que para 2022 equivaldría a $1.575.500.000.

Por su parte el valor de la gestión y adquisición predial se tasó, en 1994, en $2.030.000.000, 20 567,4 salarios mínimos de la época, lo que a 2022 equivale a $20 567 000 000, mientras que se destinó en 1994 un valor por concepto inversión forzosa de no menos de 1% por la suma de $20.000.000, 202,7 salarios mínimos de la época que con el valor de 2022 serían $202 700 000.

En total, con el salario mínimo de 2022 los tres componentes ascienden a $22.345.200.000, costo que será cubierto con cuentas que tiene la ANI en Corficolombiana por diferentes conceptos, siendo el más fuerte el excedente anual de recaudo de peajes, y que ascienden a $29 082 399 155.

Para los Estudios y Diseños, se remunerará el 80% del valor de cada rubro que compone cada concepto previsto, al momento de la entrega ante la Interventoría o, el ente o, la autoridad respectiva, para lo cual, la ANI autoriza al Concesionario su traslado de la Cuenta Especial de la ANI para adelantar el trámite correspondiente ante la Fiduciaria, una vez sea radicada en la Interventoría la comunicación con la que se remite los estudios y diseños y/o la copia de la comunicación con la que radica el trámite respectivo ante la autoridad o ente competente.

El 20% restante del valor de cada rubro por concepto previsto se realizará al momento en que cada uno de los estudios sean aprobados por la Interventoría o los trámites sean aprobados o sea expedido el acto administrativo que defina el trámite, por el ente o, autoridad respectiva, para lo cual, la ANI autoriza al Concesionario su retiro de la Cuenta Especial ANI.

Para las actividades correspondientes al valor estimado de la Gestión Predial a cargo del CONCESIONARIO, el reconocimiento se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:

  1. Dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes el Concesionario entregará un informe a la Interventoría sobre las actividades de Gestión Predial ejecutadas durante el mes inmediatamente anterior.
  2. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega del anterior informe, la Interventoría y la ANI, realizarán comité predial y emitirán su aprobación sobre las actividades ejecutadas y los valores asociados a cada insumo.
  3. Una   vez   se    cuente    con    la    aprobación    de    la    Interventoría    y    la    ANI, el Concesionario se encuentra facultado para realizar el cobro de la Gestión Predial ejecutada durante el mes respectivo, directamente desde la Cuenta Especial ANI, para lo cual la ANI autoriza a el Concesionario para adelantar el trámite correspondiente ante la Fiduciaria.

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