El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Educación dieron las instrucciones a seguir para consolidar las estrategias de vacunación en la población educativa contra el covid-19.
A través de la Circular conjunta N°347,
del 23 de septiembre de 2021, dirigida a gobernadores, alcaldes y secretarios
de Educación y Salud, rectores o directores de Instituciones Educativas y demás
instituciones prestadoras de vacunación contra covid-19, se estableció que tendrán
la tarea de contribuir a la protección de los estudiantes contra el virus.
El documento contempla un total de
8.209.919 personas ubicadas entre los grupos de 12 a 24 años susceptibles a
vacunarse contra el covid-19, por lo que plantea necesario hacer esfuerzos
conjuntos entre los sectores de educación y salud para mejorar las estrategias
que garanticen el rápido incremento de la cobertura en dicha población, a
partir de la concertación y articulación intersectorial.
LAS SECRETARIAS DE SALUD Y EDUCACIÓN EN CONJUNTO
En consecuencia, la Circular indica que
las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Municipales junto a las
de Educación deben diseñar un plan de acción conjunto para la organización, planificación,
promoción, ejecución y evaluación de la población objeto a vacunar contra el
covid-19 en cada uno de sus territorios, siendo además responsables de
garantizar la recepción, custodia, almacenamiento, distribución, conservación y
entrega de los inmunobiológicos e insumos del PAI bajo protocolos de
bioseguridad, así como de registrar a toda esta población vacunada en el
sistema PAIWEB 2.0.
Así mismo, será su tarea implementar un
plan de comunicación sobre vacunación contra el covid-19, dirigida a padres,
madres o cuidadores, docentes y directivos docentes de establecimientos
educativos oficiales, de acuerdo a las tradiciones, costumbres locales y
enfoque de cada comunidad, para así promover el acceso y la adherencia a las
vacunas.
SECRETARIAS DE EDUCACIÓN E INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Por su parte, las carteras de Educación
y los colegios y universidades deberán facilitar espacios en las instituciones
educativas que permitan la ubicación de puntos de vacunación para así́ poder
captar la población de estudiantes objeto de la convocatoria.
Además se deberán convocar a docentes,
rectores y a las familias de los estudiantes para que la Secretaria de Salud
que corresponda les informe sobre la estrategia de vacunación contra el
covid-19 en su territorio, y la articulación con la estrategia territorial de
vacunación. Allí se deberá dar a conocer la necesidad del diligenciamiento del
consentimiento informado, tanto por el alumno como por los padres o
representantes legales en el caso de los menores de edad.
LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
Las clínicas y hospitales deberán
verificar al momento de la vacunación que tanto los menores de edad como sus
padres o su representante suscriban el consentimiento informado y también
deberán recordarles a los padres y cuidadores la importancia de completar el
esquema de vacunación con dos dosis en el tiempo definido y la conservación del
carné de vacunación.
Finalmente, será responsabilidad de las
IPS ingresar y actualizar en el sistema de información nominal PAIWEB la información
de vacunación de la población que accede al servicio, con base en los registros
diarios de vacunación, carné de vacunación, bases de datos, Kardex, entre
otros, existentes en cada territorio.
"La vacunación es segura y efectiva
en niños y jóvenes, además de favorecer el retorno escolar, contribuye a reducir
la transmisión comunitaria, por lo que también se da protección a nivel
poblacional y de las familias, es indispensable aprovechar los espacios de
protección que son las instituciones educativas para impulsar la vacunación,
pero además aprovecharlos para hacer pedagogía sobre las vacunas" expresó
Julián Alfredo Fernández Niño, viceministro de Salud Pública y Prestación de
Servicios (E) del Ministerio de Salud.
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