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Moción de Censura queda en el limbo por cuestiones de procedimiento

Con el orden del día que no se aprobó en la mañana de hoy, se levantó la sesión dejando incertidumbre sobre el futuro de esta proposición que pretende apartar de su cargo al secretario de Gobierno de Facatativá.


Con ocho votos negativos frente a siete positivos, mas dos concejales que no votaron, el presidente de la Corporación Concejo Municipal de Facatativá, Frank “Pacho” Torres, luego de un debate sobre el procedimiento que se estaba realizando, dio por finalizada la sesión en la que se pretendía votar la proposición presentada por 10 concejales la semana pasada.

UNA DISCUSIÓN SIN RESULTADOS

Durante cerca de una hora y media y luego de un receso de más de 40 minutos que se decretó para reconstruir la historia de este proceso a petición del concejal David Perdigón, se sometió a discusión el orden del día en el que a pesar de firmar la proposición, tres concejales votaron para que no se aprobara el orden del día.

Los resultados de la votación

Los votos de los concejales Juan Felipe Barbosa Saavedra del Centro Democrático, Diana Marcela Morales Gutiérrez del Mira, Omar Arturo Sulvará Silva del ADA, Johan Manuel Ávila Suarez de Cambio Radical, Raimundo Quiroga Lugo de Aico, Arley Johany Martínez Ramos del ASI Camilo Andrés Guevara Martínez y John Anderson Rojas Luque del Partido Liberal, se impusieron con el negativo para el orden del día en el que se incluía la votación para proposición de la Moción de Censura al secretario de Gobierno.

De los anteriores, Arley Martínez, Camilo Guevara y John Rojas son firmantes de la proposición y ante el procedimiento se apartaron de la opinión de los concejales que votaron positivo al orden del día, que fueron Pedro Nel Villamil Rivera del Polo Democrático Alternativo, Oscar Alberto Villalba Pulido y David Ernesto Perdigón Rocha de la Unidad, Diego Fernando Cabera Monroy del Verde, Andrés Felipe Ubaque Bustos del Mais, Edgar Humberto Castro González del Conservador y Frank Alexander Torres Sánchez del ASI.

Por su parte, los concejales José Vicente Barrera Montenegro del Liberal y Gabriel Andrés Izquierdo Murillo del Centro Democrático no votaron y tampoco intervinieron.

El “meollo” del asunto

La discusión se centró en el trámite que se le debe dar a esta figura y la opinión entre los concejales se dividió en si hoy se debía hacer la votación a la proposición presentada o se debía realizar una audiencia pública.

Y en la discusión, se señaló de parte de quienes intervinieron y votaron negativo del orden del día que lo que hoy debía hacerse era un juicio político en el que se señalaran los cargos que se le formulan al secretario de Gobierno y él a su vez se defendiera.

Pero quienes estaban a favor del orden del día, o por lo menos los que intervinieron, sostuvieron que ese paso ya estaba agotado e incluso, que la sentencia de la Corte Constitucional que citaban los otros no aplicaba para la competencia del Concejo, ni para la situación particular de Facatativá.

En ese sentido, el concejal Óscar Villalba anunció acciones jurídicas si el orden del día no se aprobaba, y para profundizar en los detalles de esas acciones, ya finalizada la sesión, este medio periodístico lo buscó al caer la tarde pero respondió que iba manejando, rumbo a una reunión en un barrio y que una vez llegara a casa respondería. Pero al momento de publicar este artículo eso no ocurrió.

UN CONCEPTO Y UN EJEMPLO LOCAL

Pero lo cierto es, a juicio de algunos expertos consultados por El Observador Siglo XXI (EOSXXI), que quienes tienen la razón, o están más cerca de ella, son quienes votaron negativo al orden del día.

El análisis teórico

A pesar de que, como lo mencionó el concejal Villalba, la sentencia no unifica porque es tutelar, uno de los expertos consultados, abogado especialista en Derecho Constitucional que pidió no ser citado, expresó que la sentencia aplica para el caso de Facatativá en el sentido de que la Corte establece un procedimiento, aclarando el vacio del Acto Legislativo 001 de 2007, el cual no indica cuánto tiempo debe pasar de la sesión en la que se propone la Moción y la sesión en la que se desarrolla el juicio político, pero sí cuánto debe pasar entre esta última y la de la votación.

Es decir que, en el análisis sintáctico y semántico, al expresar que la votación se debe realizar dentro de los “tres a diez días siguientes a la audiencia pública”, connota la realización de una sesión diferente en la que se propone la figura jurídica. Es decir que la Moción de Censura se desarrolla en dos sesiones diferentes a la cual se propuso. Y eso es lo que dice la Corte en la Sentencia T – 278 de 2010.

El experto agregó que no porque no se haya aprobado el orden del día la Moción deja de ser inviable, sino que se puede adelantar con el orden del día debido para la sesión en que se realice la audiencia, dentro del mismo periodo de sesiones ordinarias. Ya es cuestión de la Mesa Directiva.

Un antecedente práctico

Pero esta no es la primera vez que en Facatativá se adelanta una Moción de Censura. Durante el gobierno de Orlando Buitrago, de 2012 a 2015, se intentó lograr que esta figura prosperara y los protagonistas fueron el hoy concejal Cabrera, junto a Ivan Olaya Díaz y Cristian León Ramírez, portadores de la credencial por el Partido Liberal, el mismo por el cual fue elegido el entonces alcalde.

A pesar de que Cabrera aún está en el Concejo, hoy en su intervención no se refirió a eso sino a lo que considera es lo que hizo que se presentara la discusión de hoy, y por su carácter de ex cabildante que lo margina de intereses frente a la situación, EOSXXI buscó a León Ramírez para preguntarle por esa experiencia.

El ex concejal narró que en su momento lo que detectaron fue unas presuntas irregularidades en la contratación, para lo cual realizaron un cuestionario a la secretaria Jurídica de la época, y finalizada la sesión presentaron la proposición para Moción de Censura con otros concejales más, indicando que los cargos se relacionaban específicamente con algunos contratos que en su concepto iban en contra de los principios de la contratación pública.

Entre los contratos, estaba uno que se había suscrito para celebrar el día de la secretaria con un viaje a Cartagena al que fueron personas que no debían ir incluso quien estaba al frente de la Secretaría General del Concejo, y otro en el que se suscribió un contrato de asesoría para la formulación del plan de desarrollo cuya propuesta se presentó por un equipo que no cumplía con los perfiles requeridos pero lo terminó firmando, a nombre de ellos, una persona diferente y cercana al alcalde.

Así las cosas, se procedió, luego de la sesión en la que la secretaria fue invitada a responder el cuestionario previamente enviado, a desarrollar una sesión para adelantar el juicio político y luego otra en la que finalmente los votos no alcanzaron para que prosperara. Es decir, de la misma forma en que lo establece tanto la sentencia de la Corte, como la Ley 5 del Congreso.

EL “LIMBO” LOCAL

A pesar de que la Moción de Censura se extendió a entidades territoriales mayores a 25 habitantes y a otros funcionarios del gobierno con el Acto Legislativo 001 de 2007, esta figura no fue tenida en cuenta en el Acuerdo 025 de 2009 ni en su modificatorio realizado algunos años después, por lo que revivió una necesidad que los concejales identificaron al llegar.

Se trata del reglamento interno del Concejo, aprobado y mediante los acuerdos ya citados, para el cual se creó en el día de hoy una comisión integrda por los Concejales Diana Morales, José Vicente Barrera y Pedro Nel Villamil para que, en un término de 15 días, presenten el respectivo proyecto de Acuerdo.

Gracias a este instrumento, y para evitar discusiones como la de hoy, se podría tener la claridad a nivel local de la Moción de Censura y muchos otros aspectos que han sido modificados por diferentes leyes, así como compilar y actualizar las funciones y competencias de los concejales.

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